Revista «Estudios Tributarios» No. 3 | Instituto Boliviano de Estudios Tributarios, 2016
El trabajo resume algunos de los principales problemas regulativos y aplicativos de la prescripción extintiva tributaria en Venezuela, especialmente a la luz de la reforma del Código Orgánico Tributario de noviembre de 2014.
Revista Mexicana de Derecho Financiero y Tributario N° 3 | Universidad de Guanajuato, 2015
El tributo es, en razón de las modalidades temporales para su cumplimiento, susceptible de clasificación como una obligación (i) pura y simple; (ii) condicional; y (iii) a término. Ello permite concretar el valor jurídico de la determinación tributaria, de modo de analizar críticamente si el acto determinativo tributario tiene un efecto meramente declarativo, como manifestación de conocimiento de una realidad —la obligación tributaria— que le preexiste; o si por el contrario dicho acto tiene la virtualidad de establecer ex post facto —a modo de necesaria interpellatio— el término de cumplimiento de la obligación ya nacida, pero cuya eficacia se encuentra condicionada a la existencia del tantas veces mencionado acto de determinación. En estos términos, partiendo de la posibilidad de conocimiento —y sobre todo, de comprensión racional— de la ley por parte del operador jurídico, la cuestión del tiempo de cumplimiento de la obligación tributaria, y en consecuencia la naturaleza del acto de determinación, la hace una obligación ex lege sujeta a término legal, fijo y necesario para la determinación del tributo, exigible de acuerdo con la regla «dies interpellat pro homine», de lo que se sigue la naturaleza declarativa de la determinación tributaria.
XIV Jornadas de Derecho Público | Universidad Monteávila, 2015
La reforma parcial –vía legislación delegada– de las principales leyes que componen al sistema tributario venezolano ahondó el proceso de «administrativización» del Derecho Tributario en Venezuela, a través, en lo relativo a su Parte General, de la modificación del Código Orgánico Tributario para reforzar las desigualdades en la relación jurídica tributaria a favor del sujeto activo, configurando así al vínculo fiscal como una relación administrativa de sujeción especial, y no como la relación obligacional entre iguales característica del Estado Social y Democrático de Derecho.
Tributación y Regulación | Memorias de las XIV Jornadas Venezolanas de Derecho Tributario | AVDT, 2015
El artículo, presentado como Informe del Relator General a las XIV Jornadas Venezolanas de Derecho Tributario (2015), profundiza en el estudio de las relaciones entre la Constitución Financiera y el Sistema Tributario propio del modelo social y democrático de Derecho, resumido en el concepto de «Steuerstaat» (Estado Impositivo) como fórmula de optimización de la herramienta tributaria para el logro de los objetivos estatales de redistribución y asignación propios de la «procura existencial».
La promulgación-vía legislación delegada-del Código Orgánico Tributario de 2014 ahondó el proceso de «administrativización» del Derecho Penal Tributario en Venezuela, profundizando así el cambio de paradigma sufrido por el sistema represivo fiscal venezolano desde al menos 1994, configurándolo como un «modelo punitivo autoritario», según lo define el profesor Luigi Ferrajoli, bajo la forma de un sistema de «enemigos», en la formulación del profesor Günther Jakobs: (i) adelantamiento severo de la punibilidad de los ilícitos tributarios, incluso en los estadios previos a la lesión del bien jurídico; (ii) desproporción grave de las penas aplicables, en especial a través de un ataque general a la libertad económica como mecanismo represivo; y (iii) socavamiento de las garantías procesales, a través de la ausencia de garantías en el procedimiento constitutivo, la ejecutorie-dad de la sanción fiscal antes de su definitiva firmeza y la imprescriptibilidad de la acción y de la ejecución de la sanción.
Revista de Derecho Público Nro. 140 | Editorial Jurídica Venezolana, 2014
La promulgación-vía legislación delegada-del Código Orgánico Tri-butario de 2014 ahondó el proceso de «administrativización» del Derecho Penal Tributario en Venezuela, profundizando así el cambio de paradigma sufrido por el sistema represivo fiscal venezolano desde al menos 1994, configurándolo como un «modelo punitivo autoritario», según lo define el profesor Luigi Ferrajoli, bajo la forma de un sistema de «enemigos», en la formulación del profesor Günther Jakobs: (i) adelantamiento severo de la punibilidad de los ilícitos tributarios, incluso en los estadios previos a la lesión del bien jurídico; (ii) desproporción grave de las penas aplicables, en especial a través de un ataque general a la libertad económi-ca como mecanismo represivo; y (iii) socavamiento de las garantías procesales, a través de la ausencia de garantías en el procedimiento constitutivo, la ejecutorie-dad de la sanción fiscal antes de su definitiva firmeza y la imprescriptibilidad de la acción y de la ejecución de la sanción.