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Miércoles, 22 Abril 2015 22:11

Anotaciones sobre la Defraudación Tributaria en el Impuesto al Valor Agregado

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AVDT, 2011.

El trabajo consiste en un análisis crítico de la defraudación tributaria tipificada en el Código Orgánico Tributario venezolano de 2001, a la luz de su aplicación a los supuestos defraudatorios susceptibles de comisión en la aplicación del impuesto al valor agregado. Para ello, el trabajo se apoya en el estudio dogmático de la figura delictiva y en la sistematización de la escasísima jurisprudencia existente sobre la materia en Venezuela.

Trabajo de ascenso en la Universidad Central de Venezuela. Galardonado con Mención Honorífica por el Jurado Calificador

Según el Prof. Dr. Alberto Arteaga Sánchez, ex Decano de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas de la Universidad Central de Venezuela y Tesorero de la Academia de Ciencias Políticas y Sociales (Sillón N° 7), "Sin duda este trabajo de Weffe es un valioso aporte al estudio de la materia, con planteamientos que incitan a la polémica y de los que se puede disentir pero que, por encima de todo, contribuirán a profundizar en un tema que ocupa un lugar preferente en la vertiente penal del derecho tributario.  Una vez más, ante las reflexiones del autor, es necesario llamar la atención sobre las limitaciones del derecho penal para contribuir al orden en la justa distribución de las cargas públicas según la capacidad económica de los contribuyentes, apartándonos del mito de la efectividad mágica de la amenaza de sanciones privativas de libertad, máxime si ésta solo se presenta como una simple advertencia simbólica, sin fuerza alguna, ante hechos graves de defraudación tributaria. No me cabe la menor duda, para concluir estas líneas, de que el trabajo de Carlos Weffe, que aborda este tema de indiscutible actualidad e interés académico y práctico, servirá de estímulo para la polémica, de apoyo para los estudiosos de la materia y de ilustración para todos los interesados en las cuestiones penales relacionadas con el derecho tributario".

Por su parte, el Prof. Juan Carlos Fermín Fernández, Relator General de las IX Jornadas Venezolanas de Derecho Tributario en materia de Impuesto al Valor Agregado, señala que "en estas «Anotaciones», Carlos Weffe aborda el instituto de la defraudación tributaria, con especial referencia al Impuesto al Valor Agregado, lo cual es por demás bienvenido, pues, en nuestro medio son muy pocos, por no decir prácticamente inexistentes, los estudios que se han publicado sobre este tema. La defraudación en el IVA puede darse a través de diversas modalidades fraudulentas que, en general, están dirigidas a  ocultar, total o parcialmente, la realización de operaciones gravadas (y con ello el monto del IVA realmente repercutido en las ventas o prestaciones de servicios), y a incrementar artificialmente el monto del impuesto soportado o crédito fiscal deducible. En la mayoría de los casos los actos defraudatorios son ejecutados directamente por el propio sujeto pasivo o contribuyente ordinario, pero en otros se hace necesaria la participación o intervención de alguno de los otros sujetos intervinientes en la cadena de producción y comercialización de bienes y servicios, e incluso del consumidor final.

Hay que tener en cuenta, por otra parte, que en razón de las especiales características técnicas de este impuesto y, en particular, del mecanismo de determinación de la obligación tributaria adoptado por el legislador venezolano (basado en el método de sustracción sobre base financiera, en la modalidad de impuesto contra impuesto), no siempre los actos o conducta fraudulenta desplegada por el autor (por ejemplo, la ocultación de ventas o el incremento artificial de los créditos fiscales mediante la utilización de facturas falsas), se traduce o materializa en un perjuicio económico directo e inmediato para el sujeto activo. Este perjuicio no se da, por ejemplo, por lo menos no inmediatamente –e incluso existe la posibilidad de que jamás llegue a producirse-, si el contribuyente tiene un excedente de créditos fiscales (excluidos los soportados en facturas falsas) suficiente para no generar impuesto a pagar, incluso considerando los débitos fiscales dejados de declarar como consecuencia de la ocultación total o parcial de operaciones gravadas.  Igual situación se produciría en el caso de un contribuyente exportador que, a pesar de incrementar artificialmente sus créditos mediante la utilización de facturas falsas, no solicite la recuperación del IVA soportado en dichas facturas. [...]

Si el objetivo perseguido por Carlos Weffe con esta obra fue despertar el interés sobre el tema de la defraudación en el IVA, éste se ha alcanzado perfectamente en mi caso. La lectura de este libro no sólo me ha llevado a analizar situaciones que antes no me había planteado o que no había tenido oportunidad de estudiar con la suficiente profundidad, sino que también ha despertado mi interés por una materia, el Derecho Penal Tributario, que para los no iniciados, puede resultar algo distante y enigmática".

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