Jueves, Mayo 02, 2024
Carlos E. Weffe H.

Carlos E. Weffe H.

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El Derecho, la Empresa y la Comunicación en la sociedad de la información | J.M. Bosch Editor, ESERP, 2023

Son contados los estudios  que traten de alguna forma los varios –muchos- tópicos relevantes en materia del uso de IA en el contexto del primero de los planos de ejercicio del poder financiero: la función normativa del tributo, es decir, el poder normativo para establecer y regular los tributos, según las reglas y los límites establecidos en la Constitución.  En su mayoría, estos trabajos se concentran en la ontología conceptual del tributo como instrumento para modelizar su funcionamiento y facilitar, así, su automatización regulativa y aplicativa. 
La importancia del tema sube de punto cuando se tiene presente que la mayoría de los problemas que ha enfrentado la automatización de los procesos tributarios tienen su primera manifestación justo al regular el tributo: (i) la textura abierta de buena parte de sus contenidos;  (ii) la frecuencia con la que deben emprenderse reformas normativas; y (iii) la inherente complejidad del sistema tributario. 
Con todo, la cuestión excede el mero interés académico. En la práctica, la efectiva vigencia o no de los derechos de los contribuyentes tiene su germen en el proceso de creación de normas tributarias, e incluso varios derechos básicos de los sujetos pasivos tributarios tienen en esta fase su asiento natural.  La utilidad del esfuerzo se evidencia, también, del hecho de que las propias administraciones tributarias están, desde hace tiempo, en búsqueda de soluciones de IA para agilizar los procedimientos normativos con un incremento correlativo de su calidad.
Este artículo pretende ser un comienzo en el camino para llenar esa falta. Para ello, la sección 2 indagará en las posibilidades de empleo de la IA en el proceso legislativo tributario, de la mano de la legimática (legimatics), y se identificará al llamado “legalismo informático” (computational legalism) como el primero de los peligros para el equilibrio entre las partes de la relación jurídico-tributaria al que se refería HENSEL anteriormente.  Seguidamente, la sección 3 analizará la cuestión de la llamada “democracia algorítmica”, y los retos que ésta supone para el principio de reserva legal tributaria.

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Libro Homenaje al Dr. Humberto Romero-Muci, Tomo II | ACIENPOL, 2023

La inmunidad tributaria es un status jurídico de no sujeción al Poder Tributario de una determinada jurisdicción con base en la protección racional de la dignidad humana: es una regla de «competencia negativa» (Alexy) que limita el poder estatal y configura, en consecuencia, una posición jurídica iusfundamental a favor del ciudadano que previene la limitación unilateral derivada de la prestación tributaria. Uno de sus tipos, la inmunidad fiscal intergubernamental, sirve de criterio de racionalización instrumental (Weber) del sistema tributario, para impedir que éste se constituya en traba de la acción estatal tendiente al bienestar común y, por tanto, carente de capacidad contributiva. Sobre estas premisas, el artículo analiza dogmáticamente la inmunidad fiscal intergubernamental, su evolución en el derecho de los Estados Unidos y de Brasil y, sobre estas premisas, discute el estado del arte y los principales problemas en la aplicación de esta institución en Venezuela.

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XIII Jornadas «Aníbal Dominici» en Homenaje a Humberto Romero-Muci | UCAB, 2023

El artículo estudia el empleo del método económico para el análisis del sistema represivo tributario, sobre la base de las formulaciones de Richard Posner y Gary Becker al respecto. Se presenta al Análisis Económico del Derecho (AED) como una técnica de racionalización instrumental del Derecho con base en la Economía. El AED se expresa en el Derecho Penal bajo la fórmula de la reducción del costo social del delito a través del correlativo incremento en el costo del hecho para el delincuente. En el Derecho Tributario, el AED se expresa bajo un doble cariz: (i) como herramienta para medir la capacidad redistributiva del sistema tributario, principalmente bajo el teorema de Kaldor-Hicks; y (ii) para identificar -y cerrar- las lagunas del ordenamiento que impiden maximizar la recaudación fiscal y abren camino a la elusión y evasión fiscales. En el Derecho Penal Tributario, el AED es la síntesis de ambos propósitos: la reducción de la criminalidad fiscal pasaría, bajo este planteamiento, por la optimización del funcionamiento del sistema tributario a partir del castigo, preferentemente pecuniario, a los evasores fiscales.

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