Jueves, Noviembre 21, 2024

Leyes penales en blanco en el Derecho Penal Tributario Venezolano.

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Memorias de las VI Jornadas Venezolanas de Derecho Tributario | Asociación Venezolana de Derecho Tributario, 2002

Desde los tiempos del Marqués de Beccaría, el Derecho Penal moderno se ha estructurado sobre la noción del principio llamado de legalidad, o dicho en términos más precisos, principio de reserva legal en materia punitiva. En una primera aproximación, el principio de reserva legal supone la más estricta sujeción de la materia objeto de reserva a la competencia del órgano legislativo, como depositario de la soberanía popular. En efecto, esa ha sido la importancia indiscutible del principio en comentarios como garante y presupuesto fundamental de todo orden jurídico democrático y libre; y así ha sido consagrado por la práctica totalidad de los ordenamientos jurídicos modernos, así como en el constitucionalismo venezolano. Sin embargo, la complejidad de la vida contemporánea ha producido la aparición de relaciones económico-sociales enrevesadas, que requieren de regulaciones elásticas, dotadas de adaptabilidad para dar respuesta a las coyunturas frecuentes generadas en su devenir. Así, se origina la necesidad de normas jurídico-penales que tiendan a proteger el orden económico, entendido como regulación jurídica del intervencionismo estatal en la economía y, en consecuencia, de la actividad económico-financiera del Estado , de la cual una de las principales manifestaciones es la relación jurídico-tributaria. A este respecto, la excesiva lentitud del proceso de formación de la ley deja al Estado desguarnecido frente a la posible lesión de que es susceptible el orden económico-fiscal del Estado, por lo que, como consecuencia, el Poder Legislativo se ha visto forzado a resignar –aún parcialmente– su potestad de tipificación a favor del Poder Ejecutivo, más rápido y quien, por añadidura, posee en su seno los organsimos técnicos especializados en las materias objeto de la regulación penal así delegada.

Así las cosas, surgen los llamados tipos penales abiertos o en blanco como técnica de reenvío para la estructuración de tipos penales, con la finalidad de suplir eficientemente la rigidez propia de la ley formal en la regulación de las nuevas formas de criminalidad, tales como la llamada delincuencia de cuello blanco. En este sentido, esta técnica de tipificación punitiva se ha vuelto harto común, especialmente en la materia tributaria. Sin embargo, a pesar de sus evidentes ventajas, el reenvío normativo en materia penal tributaria enfrenta evidentes dificultades, como lo son su adecuación con el principio de reserva legal punitiva, el principio de retroactividad de la norma penal más benigna al reo y el problema no menos importante del conocimiento de la norma penal, a los efectos de la configuración del dolo necesario para que haya culpabilidad en la realización del hecho ilícito tributario.

Bajo estas premisas se estructura el presente trabajo. En efecto, a los fines del análisis de la problemática de las leyes penales en blanco en el Derecho Penal Tributario venezolano, dividimos nuestro brevísimo estudio en cinco partes. En primer lugar, esbozamos el concepto, estructura y consecuencias del principio de reserva legal punitiva, de donde se derivarán los límites constitucionales en los que debe circunscribirse la figura en estudio. En segundo término, estudiamos el concepto y principales características de los tipos penales en blanco, para así sentar las bases para el estudio de los problemas que suscita la aplicación de esta técnica legislativa. Seguidamente, y para concluir, veremos brevemente los problemas que en lo relativo a la colisión con la reserva material de ley, el principio de retroactividad de la ley penal más benigna y el conocimiento del injusto para la configuración del dolo genera la ley penal en blanco. Así, la presente investigación resume muy sumariamente estos problemas, pretendiéndose aportar algunas ideas al lector interesado en el Derecho Penal Tributario en nuestro país. No se quiere, en modo alguno, agotar el análisis con los breves comentarios hechos, sino por el contrario se quiere estimular la discusión científica y el estudio analítico de esta comúnmente olvidada rama de nuestra disciplina.

Información adicional

  • Año: 2002
  • Editorial: undefined
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